En GVA Gómez-Villares & Atencia contamos con una amplia experiencia en prestar asesoramiento y dar soluciones legales a Colegios Profesionales, que son asociaciones integradas por personas colegiadas que practican una profesión común. En términos legales, los Colegios Profesionales son organismos de Derecho Público, amparados por la Ley y reconocidos por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
En este caso resulta clave el trabajo con un equipo multidisciplinar, que pueda dar solución a todas las situaciones legales que se presenten. Por eso, desde nuestro despacho de abogados ponemos a su disposición a los mejores profesionales de las distintas áreas prácticas del derecho. Además, estos organismos requieren de una atención particular como la que ofrecen nuestros abogados, ya que su actividad está supeditada tanto al Derecho Administrativo como al Derecho de carácter Privado.
Oficialmente, se regulan a través de la Ley Estatal de Colegios Profesionales y de las correspondientes legislaciones autonómicas, aunque también cuentan con instrumentos de regulación propios, que son plenamente conocidos por nuestro bufete de abogados. Algunos de estos instrumentos son los Estatutos Particulares de cada Colegio, los Reglamentos de Régimen Interior, Códigos Deontológicos o los Estatutos de los Consejos Autonómicos y de los Consejos Generales.
Entre algunos de los objetivos esenciales que defendemos para estas organizaciones cabe destacar la ordenación del ejercicio de las profesiones que recogen, la representación exclusiva de las mismas y la defensa de los intereses profesionales de los colegiados, así como ejercer cuantas funciones le sean encomendadas por la Administración Pública.
Entre nuestros servicios se encuentra también el dar respuesta a las consultas de los colegiados en relación con el ejercicio de la profesión y asesorar a los Colegios y Consejos Autonómicos en la suscripción de convenios con entidades públicas y privadas en la tramitación de expedientes disciplinarios y sus recursos y en la redacción de los Estatutos y normas particulares de la profesión.