Por Joaquín Gómez-Villares Pérez-Muñoz
A todos, en mayor o menor medida, nos sorprendió la decisión que tomó el Reino Unido el pasado 30 de junio relativa a su salida de la Unión Europea. Desde entonces, mucho se ha especulado sobre las consecuencias que puede tener dicha decisión tanto para el país británico como para la Unión Europa. Consecuencias que, sobre todo, afectarán al ámbito económico de ambas partes. El fútbol británico constituye un pilar muy importante para el sistema económico británico pues aporta un total de 3,3 billones de libras al Producto Interior Bruto del país y, por tanto, las consecuencias de dicha salida pueden desplegar sus efectos en el deporte rey.
Las consecuencias que puede generar el Brexit son de la más diversa índole por lo que el presente artículo trata de abordar las que resultan ser las más significativas en lo que al fútbol se refiere.
La primera, por obvia, se refiere a la ‘Sentencia Bosman’. Lo que en su día supuso un ‘boom’ en cuanto a la libre circulación de los futbolistas dado que una de las consecuencias de la referida sentencia fue abrir el mercado para los futbolistas comunitarios, hoy día parece quedar en un segundo plano. Con el nuevo escenario que, a consecuencia del Brexit, nos toca vivir, todos esos jugadores británicos que eran considerados comunitarios a efectos de inscripción en los clubes europeos ocuparán plaza de extranjero y viceversa, todos los futbolistas que son comunitarios y no encontraban limitación alguna para jugar en el Reino Unido podrían ahora considerarse extracomunitarios a los cuales se les exige, en Reino Unido, un permiso de trabajo que se les concede únicamente si en los dos últimos años el jugador participó al menos en el 75 % de los encuentros internacionales con su selección que, a su vez, ha de estar situada entre las 70 mejores del mundo. Jugadores como los españoles Ander Herrera o Jesús Navas no cumplirían tales requisitos.
Como decía, también se da el caso de jugadores británicos que vienen a los clubes españoles. Gareth Bale, hasta la fecha comunitario, podría pasar a ser extracomunitario. Sin embargo, el Real Madrid ya tiene cubierto el cupo de extracomunitarios con Danilo, James y Casemiro. En esta misma situación se encuentran gran cantidad de clubes europeos. ¿Se verían obligados los clubes europeos a una venta forzosa de jugadores para cumplir con la normativa relativa al cupo de extranjeros?
Por otra parte, el Brexit podría suponer una importante devaluación de la libra en comparación con otras divisas lo que ocasionaría una disminución de la capacidad económica del fútbol británico respecto a otras competiciones europeas amén de la disminución de los salarios de los jugadores.
Por último, en lo que a la incorporación de jóvenes jugadores se refiere y su posible éxodo a la Premier ya no resultará de aplicación el artículo 19 del Reglamento Sobre el Estatuto y Transferencia de Jugadores de la FIFA, que establecía como excepción a la imposibilidad de fichar menores de edad el que la transferencia del jugador se produzca dentro de la Unión Europea y el jugador tuviera entre 16 y 18 años.
No obstante lo anterior, estas consecuencias no tienen carácter inminente pues se inicia ahora un período de negociaciones entre Unión Europea y Reino Unido al objeto de minimizar los efectos perjudiciales para ambas partes. En cualquier caso, lo primero que debe ocurrir es que el Reino Unido notifique con carácter oficial su decisión y se estima que, a partir de entonces, el plazo sea de dos años. Esto es así en aplicación de lo que a tal efecto dispone el artículo 50 del Tratado de Lisboa que establece un plazo de dos años para que la legislación europea deje de tener vigencia en el territorio del país que deja la Unión Europea.
Este artículo fue publicado en el Diario La Opinión el 25 de julio de 2016. Puedes leerlo aquí.